Diferencia entre contratación pública y privada.
Introducción
En Colombia, la contratación pública y la contratación
privada son procesos fundamentales para la adquisición de bienes y servicios,
sin embargo, ambas presentan diferencias significativas en cuanto a la
regulación, los procedimientos y los objetivos. En esta entrada del blog,
exploraremos estas diferencias claves, con el objetivo de brindar una comprensión
más profunda de estos conceptos ya que es crucial saberlo tanto para empresas,
como para profesionales y ciudadanos.
Contratación Pública
Como ya vimos en la primera entrada, la contratación pública
se refiere a la adquisición de bienes, servicios u obras por parte de entidades
públicas, como el Estado. Es decir, son los procesos mediante los cuales el
Estado colombiano adquiere los servicios o bienes necesarios para cumplir sus
funciones y objetivos.
Los objetivos de la contratación pública es satisfacer las
necesidades públicas y promover el desarrollo tanto social como económico del país.
Además, se enfoca en la eficiencia y el uso adecuado de los recursos públicos.
Esta contratación se rige por un marco legal, principalmente
por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, entre otras normas
complementarias. En estas puedes encontrar los principios generales como lo son
la transparencia, la economía y la responsabilidad, entre otros y cuya información
y características las veremos en otra entrada del blog.
El proceso de selección de un contratista en la contratación
pública es riguroso y está diseñado para garantizar la competencia justa y la
selección de las ofertas más favorables para el Estado.
Contratación Privada
Ahora bien, ¿qué es la contratación privada? Esta se refiere
a ciertos acuerdos que llegan entre particulares o empresas privadas para la
adquisición de los bienes y servicios, sin la intervención directa del Estado.
Esta contratación está regulada principalmente por el Código
de Comercio y el Código Civil, y estas proporcionan un marco más flexible en
comparación con la contratación pública. Además, podrás encontrar información en
la Ley 222 de 1995, que también es conocida como la “Ley de Contratos”.
Algunas características de la contratación privada son:
- Flexibilidad: los
contratos suelen ser más flexibles, lo que significa que se pueden incluir
clausulas y condiciones especificas que se ajusten a las necesidades de
ambas partes.
- Confidencialidad: estos contratos
son confidenciales, lo que significa que no serán públicos para todos los
ciudadanos.
- Evaluación subjetiva: suelen
ser evaluados de manera subjetiva, utilizando criterios que se ajusten a
las necesidades y preferencias de las partes involucradas.
Lo que se busca con
esta contratación privada, es satisfacer las necesidades particulares de las
empresas o individuos, enfocándose en la eficiencia y la rentabilidad. Esta flexibilidad
ya nombrada, permite adaptar mejor las necesidades de ambos lados.
Principales
Diferencias
- Regulación: la
contratación pública está sujeta a una regulación más estricta y
detallada, mientras que la privada es más flexible.
- Transparencia: la
contratación pública debe cumplir con estándares más altos de
transparencia y rendición de cuentas, mientras que la contratación privada
se maneja de manera más confidencial.
- Procedimientos: los procedimientos
en la contratación pública son más formales y estructurados, mientras que,
por otro lado, la privada es más flexible y por lo tanto se adapta más a
las necesidades de cada uno.
- Objetivos: con la contratación
privada se busca el beneficio social y el uso eficiente de los recursos
públicos, mientras que la privada se enfoca en la satisfacción de
necesidades particulares y la rentabilidad.
Conclusiones
En resumen, la contratación pública y la contratación
privada en el país tienen características y regulaciones diferentes. Mientras que
la contratación pública está regulada por la ley 80 de 2009, y se caracteriza
por ser transparente, competitiva y objetiva. La contratación privada, por otro
lado, está regulada por la ley 222 de 1995 y se caracteriza por ser más
flexible, confidencial y subjetiva.
¡Por lo que te
invitamos a leer y a investigar cuál es la mejor opción para realizar las compras
y contrataciones que estás buscando para tu futuro!
Por último, queremos conocer tu opinión, ¿cuál crees que es mejor?
Referencias:
1. Naranjo. (2024, 21 febrero). ¿Qué son las licitaciones públicas y privadas y cómo funcionan? MNH Licitaciones. https://mnhlicitaciones.com/diferencias-entre-licitaciones-publicas-y-privadas/
2. Seedfy Ecosystem SL. (2023, 25 agosto). ¿Qué diferencia hay entre un contrato público y uno privado? | Recursos - Dudas legales | LexDoka. LexDoka. https://lexdoka.com/recursos/conocimiento-legal/dudas-legales/que-diferencia-hay-entre-un-contrato-publico-y-uno-privado/
3. Decreto 1510 de 2013. (Presidencia de la República de Colombia). Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública. 17 de julio de 2013.
4. Ley 80 de 1993. Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Octubre 28 de 1993. Congreso de Colombia,
5. Ley 1150 de 2007. Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos. Julio 16 de 2017. Congreso de la República de Colombia.

Comentarios
Publicar un comentario